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Defensor de la Comunidad Universitaria



El Defensor de la Comunidad Universitaria de la Universidad Rovira i Virgili es el órgano de defensa de los derechos de los miembros de la comunidad universitaria.

¿Por qué?

La Universidad ha creado la institución del Defensor de la Comunidad Universitaria con la intención de hallar formas de solucionar conflictos con eficacia, en el seno de la misma Universidad y por medio de procedimientos ágiles, flexibles y gratuitos.

Se ha definido la naturaleza del Defensor de la Comunidad Universitaria con las siguientes características:

  • Más autoridad que poder
  • Más justicia que derecho
  • Más humanismo que burocracia

Desde la creación de esta figura

Desde 1994 existe la figura del Defensor de la Comunidad Universitaria en la URV. El primero fue el abogado y economista Matias Vives i March, que acabó su mandato en noviembre de 1999; el segundo, la abogada Isabel Baixeras, quien ha finalizado la gestión en noviembre de 2004.
Actualmente, la figura y la función del Defensor de la Comunidad Universitaria están plenamente consolidadas en la Universidad.

¿Quién es el Defensor de la Comunidad Universitaria actual?

Francisco Zapater Esteban fue designado Defensor de la Comunidad Universitaria en la sesión del Claustro de 26 de noviembre de 2004. Nacido en la Comunidad Valenciana (Xelva, 1946), vive en Tarragona desde 1979, está casado y tiene dos hijos (de 20 y 16 años).
 
Licenciado en Derecho por la Universidad de Valencia, hace 26 años que ejerce como abogado en las especialidades de derecho penal y matrimonial y tiene despacho abierto en nuestra ciudad. Es profesor de derecho procesal penal de la Escuela de Práctica Jurídica del Colegio de Abogados de Tarragona, de cuya Junta de Gobierno formó parte durante ocho años. Es miembro de la Asociación Catalana de Juristas Demócratas y colabora periódicamente con el Diari de Tarragona y la revista Fòrum Jurídic con artículos de opinión sobre cuestiones sociales, políticas, jurídicas y locales.
 
Es Oficial de Justicia en excedencia y en los años setenta trabajó en los juzgados de Valencia, Vilanova i la Geltrú y Tarragona. Durante cinco años fue profesor de derecho de la Escuela de Trabajo Social de Tarragona.

Funciones

Los Estatutos de la Universidad Rovira i Virgili atribuyen al Defensor de la Comunidad Universitaria la función de defender los derechos de los miembros de la comunidad universitaria ante los órganos de gobierno, representación o administración de la Universidad.

El Defensor de la Comunidad Universitaria actúa de oficio o a instancia de parte, cuando advierte la vulneración efectiva de un derecho.

Su actuación no está sometida a las instrucciones de ninguna autoridad académica u órgano de gobierno.

Ámbito de actuación

El ámbito de actuación del Defensor de la Comunidad Universitaria de la Universidad Rovira i Virgili es la Universidad misma. 

En aquellos casos en que la actuación requerida exceda de este ámbito, podrá orientar a la persona interesada en relación con la petición de intervención de otros órganos de defensa de los derechos de los ciudadanos. 

Alcance de la actuación

El Defensor de la Comunidad Universitaria admite a trámite las peticiones o quejas en las que advierta que se ha producido una vulneración de derechos en el seno de la Universidad. No admite quejas anónimas, ni tampoco aquellas carentes de fundamentación o de pretensión. El Defensor de la Comunidad Universitaria no puede intervenir en cuestiones ya juzgadas o en conflictos pendientes de resolución judicial.

Una vez admitida a trámite la queja o la petición de mediación, el Defensor de la Comunidad Universitaria emprende las actuaciones pertinentes para tratar de conseguir soluciones transigidas de los conflictos que se le planteen.

Cuando la mediación o la transacción no son posibles, la actuación del Defensor de la Comunidad Universitaria ante los órganos de gobierno, representación y administración de la Universidad adopta forma de recomendaciones.

Sistema de designación y control

El Defensor de la Comunidad Universitaria es designado por el Claustro Universitario mediante una mayoría de las tres quintas partes de los presentes, entre personas de reconocido prestigio que no formen parte de la comunidad universitaria, a iniciativa del rector, quien lo nombra y lo cesa, con un informe previo del Consejo Social. La duración de su mandato es de cinco años, sin posibilidad de renovación consecutiva.

Ayuda para la reformulación de quejas

 Defensor de la Comunidad Universitaria

Francisco Zapater

 Carrer de l'Escorxador, s/n, 43003 Tarragona

 Tel. 977 558 482 - Fax: 977 559 511

 sindic(ELIMINAR)@urv.cat

 Lunes y miércoles, de 9 h. a 14 h. y de 16 h. a 19 h.;
el resto de días, de 8 h. a 14 h.



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